El sector del vino en España está fuertemente regulado. Cualquier bodega, distribuidor o emprendedor que pretenda comercializar vino bajo una marca propia debe conocer las implicaciones legales del registro de signos distintivos y su interacción con las Denominaciones de Origen (DO). Un error en esta fase puede derivar en la denegación del registro, sanciones administrativas o incluso litigios civiles.
En esta entrada abordamos los aspectos clave que deben tenerse en cuenta antes de registrar una marca o nombre comercial en el sector vitivinícola.
Marca y nombre comercial: diferencias relevantes
Aunque suelen confundirse, no son lo mismo:
- Marca: signo que identifica un producto o servicio en el mercado. En este caso, el vino.
- Nombre comercial: signo que distingue a la empresa en el tráfico mercantil.
En el mundo del vino, el productor puede usar ambos. Por ejemplo, «Bodegas del Río, SL» puede utilizar “Bodegas del Rio” como nombre comercial y «Ribera Viva» como la marca de uno de sus vinos.
Ambos signos deben registrarse ante la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM), y conviene hacerlo para garantizar su protección jurídica frente a terceros.
Restricciones en el uso de términos protegidos en marcas de vinos
Uno de los aspectos más importantes al registrar una marca para vinos es evitar que el signo solicitado entre en conflicto con una DOP ya registrada. Según la Ley de Marcas, están prohibidos aquellos signos que:
- Puedan inducir a error sobre la procedencia geográfica, calidad o naturaleza del producto.
- Hagan referencia a una Denominación de Origen sin autorización del Consejo Regulador.
- Sean descriptivos o genéricos en relación con el producto.
- Hagan referencia directa o indirecta a una DO, la OEPM puede denegar su registro, pudiendo, además, emprender acciones legales el Consejo Regulador para impedir su uso.
Por ejemplo, no se puede registrar como marca el término “Rioja Noble” si el vino no está amparado por la DO Rioja, como tampoco se puede usar un nombre confusamente similar a una DO como “Ribera del Ruedo”, si puede inducir a error con “Ribera del Duero”.
¿Qué requisitos debe cumplir una marca de vino asociada a una DO?
- Estar inscrita en el registro de operadores del Consejo Regulador de la DO.
- Cumplir con los pliegos de condiciones de la DO, incluyendo variedades de uva, métodos de elaboración, zona geográfica, etiquetado, etc.
- Usar la marca conforme al reglamento de uso aprobado por la DO.
Criterios de la OEPM para evaluar marcas de vinos
La OEPM aplica criterios estrictos para evaluar solicitudes de marcas de vinos, en especial cuando existe riesgo de confusión con una DOP. Entre los factores que se tienen en cuenta destacan:
- Similaridad fonética o gráfica con una DOP: Si la marca solicitada es demasiado similar a un nombre protegido, es probable que sea rechazada.
- Uso indebido de referencias geográficas: No se puede registrar una marca que mencione una región vinícola protegida sin autorización expresa.
- Capacidad distintiva del signo: Se evalúa si la marca tiene suficiente originalidad o si es meramente descriptiva.
Recomendaciones para el registro de marcas de vino
Dado el alto nivel de regulación en el sector vitivinícola, es fundamental seguir ciertos pasos para garantizar que el registro de la marca sea exitoso:
- Realizar una búsqueda previa: Antes de presentar una solicitud, es recomendable revisar la base de datos de la OEPM y de la UE para identificar posibles conflictos con DOP o marcas preexistentes.
- Consultar con el Consejo Regulador: Si la marca hace referencia a una denominación geográfica, es conveniente obtener la aprobación del Consejo Regulador de la DOP correspondiente.
- Garantizar la distintividad de la marca: La denominación debe ser suficientemente original y no puede describir directamente el producto.
- Evitar referencias engañosas: No utilizar términos que puedan hacer creer erróneamente que el vino pertenece a una DOP protegida.
- Asesorarse con expertos en propiedad industrial: Un abogado especializado puede ayudar a identificar riesgos legales y asegurar un registro exitoso.
El registro de marcas para vinos en España es un proceso complejo que debe abordarse con una estrategia bien definida para evitar conflictos legales y asegurar una protección efectiva. La normativa sobre Denominaciones de Origen impone restricciones importantes, por lo que es crucial realizar un análisis exhaustivo antes de registrar una marca. Contar con asesoría especializada y seguir las directrices de la OEPM y la legislación vigente es clave para evitar rechazos y litigios en el futuro.
En Parabellum Abogados, contamos con amplia experiencia en propiedad industrial asesorando a empresas del sector en la protección y defensa de sus marcas. Si estás considerando registrar una marca para tu vino, no dudes en consultarnos.

*Este artículo tiene fines informativos y no constituye asesoramiento legal. Para obtener asesoramiento específico sobre su situación particular, consulte a un abogado especializado*
