ANULAMOS SANCIÓN POR DEFECTOS DE NOTIFICACIÓN: CASO REAL EN MÁLAGA

En Parabellum Abogados, estamos orgullosos de compartir otro éxito legal en favor de la justicia y los derechos de nuestros representados. En esta ocasión, hemos conseguido una sentencia favorable en el Juzgado de lo Social Nº 7 de Málaga, en un caso de impugnación de acto administrativo en materia laboral y seguridad social.

Nuestro cliente había sido sancionado con una multa de 3.750 euros por la Inspección de Trabajo debido a supuestas irregularidades en su establecimiento de Málaga. No obstante, el proceso de notificación de la sanción estuvo plagado de deficiencias que impidieron a nuestro representado acogerse a la reducción del 40% del importe de la sanción, derecho que le correspondía conforme a la normativa vigente.

Según quedó acreditado en juicio, la Inspección de Trabajo intentó notificar la sanción en varias ocasiones, primero en el domicilio del establecimiento y luego en la dirección personal del empresario, pero ambas notificaciones fueron devueltas por diferentes motivos, incluyendo la inexistencia del destinatario en la dirección indicada. Finalmente, se procedió a la notificación por publicación en el Boletín Oficial del Estado, sin haber agotado previamente todos los medios de comunicación directa con el interesado, lo que vulneró sus derechos.

Gracias a la rigurosa defensa llevada a cabo por nuestro equipo legal, logramos demostrar que las notificaciones no fueron debidamente gestionadas. Se aportaron los informes de devolución de Correos, donde se evidenciaba que no se realizaron segundos intentos de notificación, incumpliendo lo dispuesto en el artículo 42.2 de la Ley 39/2015. También se incluyeron capturas de la plataforma electrónica de la Seguridad Social donde quedó constancia de que el cliente no recibió notificación alguna en su dirección electrónica habilitada. Además, testigos aportados por la parte demandante confirmaron que el establecimiento no estaba abierto en el momento de la notificación, lo que explicaba por qué el funcionario de Correos no pudo realizar la entrega.

La sentencia dictada el 8 de noviembre de 2024 reconoce estas deficiencias y declara la nulidad del proceso de notificación, permitiendo a nuestro cliente acogerse a la reducción del 40% de la sanción. Como resultado, la Tesorería General de la Seguridad Social ha sido condenada a reintegrar la cantidad de 1.500 euros, correspondientes a la reducción que le había sido indebidamente denegada.

Este fallo no solo representa una victoria para nuestro cliente, sino que también refuerza nuestro compromiso con la defensa de los derechos de los ciudadanos frente a actuaciones administrativas incorrectas. En Parabellum Abogados, seguimos trabajando con determinación para garantizar que la justicia prevalezca y que ningún derecho sea vulnerado por errores procedimentales.

Si te encuentras en una situación similar o necesitas asesoramiento en materia laboral y de seguridad social, no dudes en contactar con nuestro equipo. Contamos con la experiencia y el compromiso necesarios para ayudarte a defender tus derechos y obtener la mejor solución posible.

*Este artículo tiene fines informativos y no constituye asesoramiento legal. Para obtener asesoramiento específico sobre su situación particular, consulte a un abogado especializado*

ANULAMOS SANCIÓN POR DEFECTOS DE NOTIFICACIÓN: CASO REAL EN MÁLAGA

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