👟 Adidas contra White Fox: ¿pueden cuatro rayas infringir una marca de tres?
Adidas ha llevado ante los tribunales australianos a la firma de moda White Fox por utilizar cuatro bandas paralelas en sus prendas. La multinacional alemana considera que el diseño se parece demasiado a su famosa marca de tres rayas. White Fox lo niega. ¿Dónde termina la inspiración y empieza la infracción de marca?
Tres rayas. Cuatro rayas. Una diferencia aparentemente insignificante que ha terminado en los tribunales.
Adidas, una de las marcas deportivas más reconocidas del mundo, ha demandado a la firma australiana White Fox Boutique por comercializar prendas que incorporan cuatro bandas paralelas, habitualmente situadas en los laterales de pantalones, chaquetas y otras prendas deportivas.
Para Adidas, no estamos ante un simple elemento decorativo, sino ante un diseño capaz de generar confusión con uno de sus principales signos distintivos.
Para White Fox, la utilización de cuatro rayas no equivale a apropiarse de una marca de tres.
El procedimiento sigue abierto y no existe todavía una sentencia que declare que White Fox ha infringido los derechos de Adidas. La vista está prevista para principios de 2027.
Fuente: ABC News Australia, 12 de octubre de 2026.
⚖️ Adidas no quiere que White Fox siga utilizando las cuatro rayas
La demanda se tramita ante el Tribunal Federal de Australia y gira alrededor de la utilización de cuatro bandas paralelas, de anchura similar y habitualmente contrastadas con el color de las prendas.
Adidas sostiene que White Fox ha comercializado y promocionado estos productos desde marzo de 2026, pese a haber recibido requerimientos para que cesara en su utilización.
La empresa alemana también cuestiona determinadas campañas publicitarias en las que aparecían prendas de White Fox combinadas con calzado original de Adidas. A su juicio, esa presentación podría reforzar la impresión de que existe una relación comercial entre ambas empresas.
La demanda persigue, entre otras medidas, impedir la comercialización de las prendas discutidas y obtener las consecuencias económicas correspondientes, incluida la restitución de los beneficios obtenidos que proceda conforme al Derecho australiano.
Pero conviene distinguir las acusaciones del resultado: Adidas todavía no ha ganado este procedimiento y White Fox no ha sido declarada infractora.
Fuente: Australian Associated Press, 9 de octubre de 2026.
🦊 White Fox se defiende: las rayas son decoración, no una marca
La estrategia de defensa anunciada por White Fox es especialmente interesante desde el punto de vista jurídico.
Sus abogados sostienen que las cuatro bandas de sus prendas tienen una función ornamental y no constituyen un signo utilizado para identificar el origen empresarial de los productos.
Además, la compañía señala que otras firmas de moda utilizan diseños similares.
El argumento plantea una cuestión fundamental:
¿Todo elemento visual incorporado a una prenda funciona necesariamente como una marca?
La respuesta es no.
Las prendas pueden incorporar líneas, figuras geométricas, colores y elementos decorativos sin que cada uno de ellos se convierta automáticamente en un signo distintivo.
Sin embargo, un elemento inicialmente sencillo también puede adquirir capacidad identificadora cuando el consumidor lo relaciona con un origen empresarial concreto.
La cuestión será determinar si, atendiendo a la forma en que se presentan y comercializan las prendas, las cuatro rayas de White Fox funcionan como una característica ornamental o como un signo susceptible de confundirse con las marcas registradas de Adidas.
Fuente: The Guardian, 9 de octubre de 2026.
🔍 ¿Es suficiente añadir una raya para evitar una infracción de marca?
Aquí está la verdadera importancia del asunto.
Una empresa no puede dar por hecho que modificar ligeramente un signo ajeno elimina cualquier riesgo de infracción.
Añadir una letra a una denominación, cambiar un color, alterar un símbolo o incorporar una línea adicional puede ser insuficiente cuando el resultado sigue generando una impresión global confundible.
Pero tampoco sería correcto afirmar que Adidas tiene el monopolio sobre cualquier combinación de rayas en una prenda deportiva.
En Australia, el artículo 120 de la Trade Marks Act 1995 contempla la infracción por utilización, como marca, de un signo sustancialmente idéntico o engañosamente similar al registrado, bajo los requisitos previstos legalmente.
Por tanto, el análisis no puede reducirse a contar rayas. Debe examinarse el signo registrado, la utilización concreta cuestionada y la posibilidad jurídicamente relevante de confusión.
La legislación australiana también permite solicitar medidas de cesación y, en los supuestos correspondientes, daños y perjuicios o una rendición de beneficios.
Fuente oficial: Trade Marks Act 1995, artículos 10, 120 y 126 — legislación australiana vigente.
📚 Adidas ya litigó en Australia contra unas zapatillas de cuatro rayas
El conflicto no parte de cero.
En 2013, el Tribunal Federal de Australia resolvió el asunto Adidas AG v Pacific Brands Footwear Pty Ltd (No 3), [2013] FCA 905, que también enfrentaba las marcas de tres rayas de Adidas con diversos diseños de calzado que incorporaban líneas paralelas.
Lo más interesante de aquella resolución es que no consideró infractores todos los diseños examinados.
El tribunal valoró individualmente las distintas configuraciones y apreció infracción respecto de determinados modelos, mientras que descartó la existencia de infracción en otros.
Es decir, ni tres rayas equivalen automáticamente a cuatro, ni incorporar una cuarta raya garantiza quedar fuera del ámbito de protección.
Hay otra diferencia relevante: aquel asunto se refería al calzado, mientras que el procedimiento actual afecta principalmente a prendas de vestir.
La ubicación de las bandas, su presentación y la manera en que el público percibe los elementos gráficos pueden resultar decisivas.
Fuente judicial: Adidas AG v Pacific Brands Footwear Pty Ltd (No 3), [2013] FCA 905, 12 de septiembre de 2013.
🌍 ¿Y qué sucede con las tres rayas de Adidas en Europa?
La protección de una marca no es idéntica en todos los territorios y tampoco se extiende necesariamente a todas las versiones posibles de un diseño.
En Europa existe un antecedente especialmente conocido: la sentencia del Tribunal General de la Unión Europea de 19 de junio de 2019, asunto T-307/17, ECLI:EU:T:2019:427.
En aquel procedimiento se confirmó la nulidad de una concreta marca figurativa de la Unión Europea consistente en tres bandas paralelas, al no haberse acreditado suficientemente que hubiera adquirido carácter distintivo por el uso en todo el territorio pertinente.
Pero hay un matiz fundamental: esa sentencia no declaró que Adidas carezca de derechos sobre todas sus marcas de tres rayas, ni que cualquiera pueda utilizarlas libremente.
La resolución se refería a un registro determinado y a las pruebas aportadas para justificar su distintividad.
Es un ejemplo de por qué debemos estudiar cada título registral, su representación y su alcance, en lugar de hablar de una marca conocida como si todas sus versiones estuvieran protegidas de forma ilimitada.
Fuente oficial: Tribunal General de la Unión Europea, asunto T-307/17.
🛡️ ¿Qué pueden aprender las empresas españolas de este conflicto?
Aunque la demanda se tramite en Australia, el problema resulta perfectamente reconocible para cualquier empresa española.
La Ley 17/2001, de Marcas, también protege al titular registral frente a determinadas utilizaciones de signos idénticos o semejantes que puedan generar riesgo de confusión, incluidos los supuestos de asociación empresarial. Además, establece una protección específica para las marcas que gozan de renombre, conforme a los requisitos legales.
Ahora bien, la popularidad de una marca no convierte automáticamente cualquier parecido en una infracción.
Antes de lanzar una nueva marca, una colección de productos, un logotipo o una identidad gráfica, conviene estudiar los derechos anteriores. Y hacerlo de verdad: no basta con comprobar que el nombre elegido no es exactamente igual a otro.
También deben analizarse los elementos figurativos, las semejanzas visuales, los productos afectados, el territorio y la forma en que el consumidor percibirá el conjunto.
Fuente oficial: Ley 17/2001, de Marcas, artículo 34 — BOE.
🔎 PARABELLUM IP AUDIT: mejor prevenir que defender un diseño en los tribunales
El litigio entre Adidas y White Fox pone de manifiesto una realidad empresarial: un diseño puede convertirse en un problema jurídico incluso cuando aparentemente se diferencia de los de la competencia.
Por eso, la protección de los activos intangibles no debería limitarse a registrar una denominación y olvidarse del asunto.
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Analizamos posibles conflictos, titularidades, cobertura registral, riesgos de utilización y oportunidades de protección, con el objetivo de que cada negocio conozca mejor qué derechos tiene y cuáles necesita reforzar.
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⚖️ La diferencia entre inspiración e infracción no siempre está donde parece
Adidas quiere defender uno de los elementos visuales más reconocibles de su identidad comercial.
White Fox sostiene que sus cuatro rayas son una característica decorativa legítima.
Será el Tribunal Federal de Australia el que determine si existe una infracción de marca. Hasta entonces, ambas posiciones deben entenderse como las respectivas pretensiones de las partes.
Pero el conflicto ya deja una enseñanza importante para empresas y emprendedores:
No basta con que un diseño sea diferente. Hay que comprobar que esa diferencia sea jurídicamente suficiente.
En PARABELLVM ABOGADOS asesoramos a empresas en el registro, protección y defensa de marcas y otros derechos de propiedad industrial, tanto en España como en el ámbito de la Unión Europea.
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*Este artículo tiene fines informativos y no constituye asesoramiento legal. Para obtener asesoramiento específico sobre su situación particular, consulte a un abogado especializado*


